Resumen del Artículo Disposición adicional tercera

Artículo Disposición adicional tercera del Ley de Defensa de la Competencia (LDC) — Disposición adicional tercera. Comunicaciones de la Comisión Nacional de la Competencia. La Comisión Nacional de la Competencia podrá publicar Comunicaciones aclarando los principios que guían su actuación en aplicación de la presente Ley. En particular, las Comunicaciones…

LDCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional terceraDisposición adicional tercera

Disposición adicional tercera. Comunicaciones de la Comisión Nacional de la Competencia.

La Comisión Nacional de la Competencia podrá publicar Comunicaciones aclarando los principios que guían su actuación en aplicación de la presente Ley. En particular, las Comunicaciones referentes a los artículos 1 a 3 de esta Ley se publicarán oído el Consejo de Defensa de la Competencia.

Norma publicada: 3 de julio de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional tercera

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional tercera del LDC?

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¿El Artículo Disposición adicional tercera del LDC está vigente?

El artículo Disposición adicional tercera del LDC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional tercera dentro del LDC?

Forma parte del articulado del Ley de Defensa de la Competencia.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional tercera?

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